Fundamentos
La posibilidad de acreditar saberes previos tiene su fundamento en la política educativa vigente, emanada
de las Leyes 24.521, 26.058 y otras normas nacionales y jurisdiccionales que establecen la posibilidad de
acreditar conocimientos previos en planes de estudios de Educación Superior. Dichas normas, apuntan a
valorizar el desarrollo de estrategias de formación a lo largo de toda la vida y a flexibilizar la normativa,
posibilitando la articulación entre la educación formal y no formal.
Alcances
Están en condiciones de acreditar saberes las personas que
1.- Cuenten con certificaciones de:
1) Trayectorias formativas provenientes de Formación Profesional (Nivel III) y/o Secundaria Técnica:
consignar los espacios curriculares que se acrediten de la carrera y los trayectos / cursos y/o titulaciones.
Trayectorias formativas de Nivel Secundario Técnico
Podrán acreditar los siguientes espacios curriculares:
Matemática I
Electricidad y Magnetismo
Quienes cuenten con la titulación de Nivel Secundario “Técnico en Electrónica / Electricidad /
Electromecánica” podrán acreditar el siguiente espacio curricular:
Práctica Profesionalizante de Electrónica I
Quienes cuenten con la titulación de Nivel Secundario “Técnico en Informática” podrá acreditar el siguiente
espacio curricular:
Programación I
Trayectorias formativas provenientes de Formación Profesional podrá acreditar el siguiente espacio
curricular:
a) Trayecto Programador
Programación I
○ Programación I: Quien pretenda acreditar este espacio curricular deberá constatar que los contenidos
abordados en el plan o programa de la certificación presentada corresponden a los de este taller. De no ser
posible, se podrá optar por acreditar los saberes a través de un examen de acreditación.
○ Inglés I y II: Quien pretenda acreditar estos espacios curriculares deberá constatar que los contenidos
abordados en el plan o programa de la certificación presentada corresponden a los de estas materias. De
no ser posible, se podrá optar por acreditar los saberes a través de un examen de acreditación.
2) Quienes no poseen constancias formales, pero han adquirido saberes y capacidades a lo largo de su
trayectoria formativa y laboral. En este caso podrán presentarse a un examen de acreditación, sin el
requerimiento de cursado de las mismas, de acuerdo con el régimen de correlatividad previsto. El espacio
curricular posible de acreditar es Inglés I – Inglés II y Programación I.